Qué establece la ley 3 2012: 3 pasos Proceso legislativo

IndiceNascondi1.L'iter legislativo Legge 3 20122.Il disegno di Legge A.C. 5117

La Legge 3 2012, tal como la conocemos, es en realidad el resultado de un largo y complejo proceso legislativo – que se expone a continuación – destinado a hacer que la legislación sea adecuada para regular las difíciles situaciones de sujetos no falibles, o crisis de sobreendeudamiento. Pero, ¿qué prevé la Ley 3 de 2012?

A través de la introducción de la Ley 3 2012, el legislador abordó el complejo tema del sobreendeudamiento con el fin de regular situaciones que, hasta entonces, no estaban sujetas o sujetas a los procedimientos de insolvencia ya vigentes en el sistema jurídico italiano.

Esta legislación introduce a tal efecto una importante novedad para todos los sujetos que no entren dentro de las disposiciones de la ley concursal. Es el derecho no falible del deudor a liberarse definitivamente de la presión de las deudas que se han vuelto insostenibles devolviéndolas a lo que realmente se puede pagar en la situación económica actual.

Finalmente, a través de la aprobación de la Ley 3 2012, Italia finalmente se alinea con otros países europeos, como Inglaterra, Alemania y Francia. Es evidente que la disciplina del sobreendeudamiento es una novedad absoluta para el ordenamiento jurídico italiano, ya que recupera un vacío legislativo que desde hace tiempo se ha identificado y llenado en muchos países del viejo continente.

  1. Primera lectura en el Senado: la aprobación de la Ley 3 2012 comenzó en el Senado el 23 de septiembre de 2008 con el análisis en comisión del como 307, aprobado por el propio Senado el 1 de abril de 2009.
  2. Primera lectura en la Cámara: la medida se presenta a la Cámara de Diputados (AC 2364) que la aprueba el 26 de octubre de 2011, pero hace una serie de cambios que determinan la necesidad de un mayor examen por parte del Senado (AS 307-B). En esta etapa, con el fin de remediar el momento de la aprobación definitiva de la AS 307-B, el Gobierno consideró necesario intervenir para acelerar la introducción del procedimiento innovador para la resolución de las crisis de sobreendeudamiento, mediante la expedición del Decreto-Ley Nº 212 de 22 de diciembre de 2011, cuyo texto reproducía sustancialmente las disposiciones ya aprobadas por la Cámara.
  3. Segundo lectura en el Senado: el estado ahora avanzado del proceso AS 307-B, lleva al Senado, llamado a examinar el proyecto de ley de conversión del decreto-ley no. 212 en primera lectura, a poner la aprobación del proyecto de ley antes de la conversión. Se aprueba así la Ley 3 2012, destinada a entrar en vigor el 29 de febrero de 2012.

Gracias a una vocatio legis deliberadamente larga, el Gobierno y la Comisión de Justicia del Senado han decidido que pueden utilizar el proceso de conversión del Decreto Legislativo nº 212 para corregir algunos aspectos de la Ley 3 de 2012, antes de la entrada en vigor del mismo. Esto explica los extensos cambios que el Senado había realizado al texto original del decreto-ley, que llegó al examen de la Cámara a través del A.C. 4933.

La Cámara, llamada a examinar los complejos cambios a la ley de sobreendeudamiento en el corto tiempo de la conversión de un decreto ley, prefirió eliminar del decreto mencionado todas las intervenciones en la materia e invitó al Gobierno a prever posiblemente la presentación de un proyecto de ley especial.

Por lo tanto, entró en vigor el texto de la Ley 3 2012 sin los cambios apropiados y deseados, mientras que al mismo tiempo el Gobierno presentó a la Cámara el proyecto de ley A.C. 5117.

  • induce un procedimiento adicional para la resolución de las crisis de sobreendeudamiento de los consumidores, definida como la «persona física deudora que ha asumido obligaciones principalmente para fines no relacionados con cualquier actividad empresarial o profesional realizada». Puede proponer al tribunal un plan para la reestructuración de las deudas y la satisfacción de los créditos. La aprobación del plan por el Juez se basará en una sentencia de mérito de la conducta del deudor y en su falta de culpa en la determinación del sobreendeudamiento
  • ;

  • reduce al 60 % el umbral para alcanzar un acuerdo entre el deudor no consumidor y los acreedores;
  • proporciona la posibilidad de un pago incluso en su totalidad de los acreedores preferentes (con exclusión de ciertos créditos fiscales y de seguridad social, de los cuales solo es posible el aplazamiento del pago);
  • se consideran que los acreedores que siguen sin estar relacionados con el acuerdo están suficientemente protegidos por la evaluación –del Órgano de Solución de Crisis y luego del tribunal– sobre la conveniencia del acuerdo de reestructuración con respecto a la liquidación de los activos del deudor;
  • induce la posibilidad de un procedimiento de liquidación para todos los activos deudores, incluso si es un consumidor, y supedita la condonación de la deuda para los créditos no liquidados a la ocurrencia de ciertas condiciones y a una sentencia específica del tribunal.

En el artículo 18 del Decreto-ley nº 179 de 18 de octubre de 2012 (convertido en Ley 221/2012), reformó el capítulo II de la Ley de sobreendeudamiento en la dirección deseada por el Gobierno con el proyecto de ley A.C. 5117 y generó la Ley 3 de 2012 tal como la aplican ahora los tribunales italianos.

Para más información sobre la Ley 3 2012 lea nuestro artículo: Ley 3/2012: las diez cosas que debe saber en 2020.

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