Procedimiento aprobado Ley 3 2012

En un marco general en el que pocos procedimientos en virtud de la Ley 3 2012 tienen éxito, el modelo de asistencia al deudor desarrollado por Piano Debiti confirma su validez. Los casos de prácticas exitosas de sobreendeudamiento seguidas por nuestra sociedad se multiplican.

Tamás, en el caso en cuestión, se ha propuesto un pago parcial a los acreedores (bancos, instituciones financieras, Agencia Tributaria ex Equitalia y algunos proveedores). Se ha presentado un Acuerdo para la solución de la crisis ante el Tribunal de Busto Arsizio, según lo dispuesto en los artículos 7 y siguientes de la Ley 3 2012. El Acuerdo, certificado por el Órgano de Solución de Crisis designado, fue considerado satisfactorio por la mayoría de los acreedores. El Tribunal de Primera Instancia pudo confirmarlo positivamente. Los deudores podrán pagar tanto como sea posible y tener la deuda restante liberada, encontrando la serenidad de una vida sin la ansiedad de ser perseguidos por los acreedores.

Descarga la homologaciónOcultar Índice1. El hecho2. El plan aprobado

El hecho

Nos enfrentamos a la práctica de marido y mujer con tres hijos que residen en Busto Arsizio. Similar a lo que sucede con muchas familias en dificultades, debido a una serie de dificultades personales se encontraron incapaces de pagar sus deudas.

Aso 2010 la familia vive en paz desde el punto de vista económico. El marido puede contar con un trabajo establecido como agente comercial en el sector fotovoltaico. La esposa tiene un salario fijo indefinidamente. Gracias a esta estabilidad y a la donación de terrenos por parte de un progenitor, deciden iniciar la construcción de una casa en la que trasladar a la familia. Para la construcción del inmueble contratan una serie de deudas.

Solo en el momento del máximo compromiso económico, la empresa donde trabaja su mujer reduce la plantilla, despidiendo a nuestro cliente. Poco después, el sector fotovoltaico entra en crisis para el marido se ve obligado a poner fin a su negocio. Los dos deudores son incapaces de terminar la construcción de la nueva casa o incluso de soportar las cuotas de las deudas. Finalmente, algunas empresas involucradas en la construcción de la propiedad no son pagadas y envían la casa a subasta.

Los proveedores encuentran un nuevo trabajo a lo largo de los años, pero ahora la situación con los bancos y proveedores se ha deteriorado por completo. La cantidad de deuda se ha vuelto insostenible. Esto, sumado a la subasta de la casa, ha dado lugar a injunciones, pignoramenti y una presión constante de las empresas de recuperación de crédito que acosan a diario a los dos deudores.

El marido ha logrado reiniciar su propio negocio, pero las dificultades con el mundo bancario le impiden acceder al crédito. Es imposible para él tener incluso una simple tarjeta de crédito. El hombre vive con el temor constante de que las cuentas de la empresa unipersonal sean confiscadas y que Equitalia bloquee el automóvil utilizado para el trabajo.

El plan aprobado

A partir de las numerosas deudas vencidas y de los únicos ingresos del marido, la única posibilidad era proponer a los acreedores un Plan basado en los ingresos futuros del deudor. El hombre se ha comprometido a donar una parte de sus ingresos mensualmente para pagar al menos parte de la deuda

.

La cuota mensual de 500 euros se calculó para que la familia tuviera ingresos suficientes para una existencia digna. Los cálculos también han dado una satisfacción parcial a los acreedores a los que, a lo largo de 7 años, se devolverá alrededor del 15% de la deuda vencida.

El borrador del Plan elaborado por el Plan de Deuda fue presentado y certificado primero por la OCC, y luego presentado ante el Tribunal de residencia. La apertura del procedimiento dio lugar a la suspensión de la subasta sobre el inmueble y de los procedimientos de ejecución a la espera del resultado del propio procedimiento. De esta manera, el Tribunal fue relevado de la actividad ulterior y de los acreedores de obligaciones largas y costosas. Los acreedores aprobaron la propuesta sin discusión y con más del 90% de los votos. El mismo ha sido aprobado, es decir, se ha convertido en el plan de pago al que el deudor y los acreedores deben cumplir. La persona endeudada ha podido ay totalmente pagando tanto como sea posible y los acreedores pueden devolver al menos parte del dinero perdido.

Enlace externo
https://www.tribunale.bustoarsizio.giustizia.it/

Para más información sobre la Ley 3 2012, consulte nuestra guía completa: Ley 3/2012: las diez cosas que debe saber en 2020.

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