El Código de Crisis e Insolvencia se emitió en implementación de la Ley Delegada 155 de 2017, y reforma completamente la legislación concursal anterior y la Ley 3 2012 sobre prevención del sobreendeudamiento.
Desde el siguiente enlace se puede descargar el texto íntegro del Código de Crisis e Insolvencia en formato .pdf: el anexo corresponde a la última versión aprobada el 14 de enero de 2017 y publicada en el diario oficial.
Online puedes encontrar diferentes versiones del Código de Crisis e Insolvencia en pdf, pero muchas están relacionadas con los diversos borradores que se filman antes de la aprobación final, y contienen disposiciones que no están incluidas en el texto final: importante entonces consulta el texto final de la ley!
Descargue el Código de Crisis e InsolvenciaOcultar Índice1. Ley 155 de 2017 y el Código de Crisis e Insolvencia: los puntos fundamentales2. Código de Crisis y Sobreendeudamiento
Ley 155 de 2017 y Código de Crisis e Insolvencia: los puntos fundamentales
Es importante saber que:
- El Código fue expedido en implementación de la Ley 155 de 2017
- Para la mayoría de las normas previstas, el Código entrará en vigor el 16 de agosto de 202o
- el Código reforma y regula de forma orgánica todo el sector concursal, sustituyendo a las reformas anteriores tanto en materia de procedimientos concursales como de sobreendeudamiento
Código de crisis y sobreendeudamiento
el Código interviene en toda la reforma de la anterior ley 3 2012 sobre sobreendeudamiento. en comparación con la legislación anterior, se mantienen los tres procedimientos previstos, aunque el nombre cambia ligeramente a:
- Reestructuración de las deudas del consumidor, reservadas al consumidor
- Tadón condecocto menor, reservado para empresas no falibles
- Restación controlada del sobreendeudado, a la que pueden acceder tanto empresas como consumidores
En términos de sobreendeudamiento, el Código de Crisis e Insolvencia interviene, en particular, en la parte de la condonación de la deuda, que se hace más fácil y rápida.
Aquí encontrará la publicación en el Boletín Oficial del Código y los trabajos preparatorios publicados en el sitio web del Banco de Italia:
https://www.gazzettaufficiale.it/eli/id/2019/02/14/19G00007/sg
https://www.bancaditalia.it/media/notizie/2018/Codice-della-Crisi_Memoria-Commissione-Senato-26112018.pdf?fbclid=IwAR37ew3rSaNsrQEzolqp6J38X7CQEybxB3r_aTEswdJsx8npciyL9dXTO5Q
Piano Debiti te ofrece asesoramiento profesional que te ayuda en caso de sobreendeudamiento. Analizamos tu situación de endeudamiento de forma gratuita y te ayudamos a salir de ella lo mejor que podemos, asesorándote sobre la mejor forma a seguir. Contáctenos enviándonos una solicitud o llamándonos al número gratuito 800 090 598.
Redacción del Plan de Deuda2021-03-30T14:16:00+02:006 Diciembre 2018| Categorías: Ley 155 2017| Etiquetas: código de crisis empresarial, concordato menor, Ley 155 2017|2 Comentarios
¿Te ha gustado este artículo? ¡Compártelo!
FacebookTwitterLinkedInWhatsAppEmail
Publicaciones relacionadas
2 Comentarios
- mariano 1 de julio de 2019 a las 12:45 - RespuestaMa las nuevas normas sobre exoneración de deuda también se aplican a quienes han activado un procedimiento de liquidación con la antigua ley 3 2012? si es así ¿cómo?graciasDirection Plandebites 2 julio 2019 a 09:55 - RespuestaLa respuesta es un momento complejo, diríamos en parte sí y en parte no. En el nuevo código de crisis no hay ningún artículo al efecto, ni se deroga la Ley 3 2012, por lo que formalmente se mantendrán los requisitos de la antigua legislación para la condonación de deuda, para quienes iniciaron la práctica con el 3 2012. Nuestra opinión, sin embargo, es que los jueces no podrán abordar las dos leyes a nivel interpretativo, en lo que respecta a los criterios para otorgar la condonación de la deuda, mientras que la duración de la liquidación seguirá siendo de cuatro años en lugar de los tres previstos por la nueva legislación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario